La Comisión de la UE ha aprobado nuevos OGM verticales
En Bruselas se presentó el nuevo reglamento de exención por categorías verticales que incluye nuevas directrices.

La Comisión de la UE ha aprobado nuevos OGM verticales
La Comisión anunció el logro con las siguientes palabras: "Tras una revisión exhaustiva de las normas de 2010, la Comisión Europea adoptó hoy el nuevo Reglamento de exención por categorías verticales (Reglamento de exención por categorías verticales), complementado por las nuevas Directrices verticales. El marco revisado proporciona a las empresas normas y directrices más simples, claras y actualizadas".
Dijo que las nuevas normas les facilitarán la evaluación de la compatibilidad de sus acuerdos de suministro y distribución con las normas de competencia de la UE en un entorno empresarial que ha cambiado debido al crecimiento del comercio electrónico y las ventas en línea.
Los dos conjuntos de reglas revisados entrarán en vigor en la ley antimonopolio el 1 de junio de 2022. tienen vigencia hasta el 31 de mayo de 2034. La vicepresidenta ejecutiva de la Comisión, Margrethe Vestager, responsable de la política de competencia, describe las nuevas normas como resultado de un proceso de revisión exhaustivo. Ofrecerían a las empresas una orientación actualizada diseñada para una digitalización aún mayor en la próxima década..Y luego dijo: “Los dos conjuntos de reglas son herramientas importantes que permiten a todo tipo de empresas, incluidas las pequeñas y medianas empresas, evaluar sus acuerdos verticales en su actividad diaria”.
Los principales cambios en la normativa se refieren al ajuste del área protegida para garantizar que no sea ni demasiado amplia ni demasiado estrecha.
Una restricción al área protegida en relación con distribución dual (es decir, situaciones en las que un proveedor vende sus bienes o servicios no sólo a través de distribuidores independientes sino también directamente a clientes finales) y obligaciones de paridad, que obligan al vendedor a ofrecer a sus socios contractuales condiciones equivalentes o mejores que las condiciones de los canales de distribución de terceros y/o las condiciones de los canales de venta directa del vendedor. Por lo tanto, determinados aspectos de la distribución dual y determinados tipos de obligaciones de paridad ya no estarán exentos con arreglo al nuevo VBER, sino que deberán evaluarse individualmente con arreglo al artículo 101 del TFUE.
Este último estipula que son incompatibles y están prohibidos los acuerdos entre empresas que tengan por objeto o efecto impedir, restringir o distorsionar la competencia dentro del mercado interior. En definitiva, el artículo 101 TFUE prohíbe los acuerdos entre empresas que restrinjan la competencia.
El VBER exime a los acuerdos verticales que cumplen determinadas condiciones de la prohibición del artículo 101, apartado 1, del TFUE, creando así un área protegida para ellos.
UnoAmpliación del área protegida en relación con ciertas restricciones sobre la capacidad de un comprador para dirigirse activamente a clientes individuales (venta activa) y ciertas prácticas relacionadas con las ventas en línea, es decir, h. la posibilidad de cobrar diferentes precios mayoristas al mismo minorista por los productos vendidos online y offline, así como la posibilidad de fijar diferentes criterios para las ventas online y offline en los sistemas de distribución selectiva. Dichas restricciones estarán exentas en el futuro según la nueva BER vertical, siempre que se cumplan todos los demás requisitos de exención.
Según Bruselas, las nuevas normas VBER también se han aclarado y simplificado para hacerlas más accesibles para quienes las utilizan en su actividad diaria. Además, las Directrices proporcionan explicaciones detalladas sobre una serie de temas, como los acuerdos de distribución selectiva y exclusiva y los acuerdos de agencia comercial. Las Directrices verticales brindan orientación detallada sobre una variedad de temas, incluida la distribución dual, el intercambio de información, la fijación de precios dual y los contratos de agencia.
El proceso de rediseñar el marco para que los concesionarios y los fabricantes de automóviles puedan competir entre sí en el mercado en el futuro duró cuatro años. En particular, Bruselas ha reconocido ahora que la distribución en dos vías (a través de distribuidores autorizados y directamente del fabricante) es problemática. Según los observadores del sector, esto es bueno y también necesario, como lo demuestra recientemente el comportamiento de los distintos fabricantes con sus socios contractuales.
Según los medios especializados alemanes, la Asociación Central del Comercio Alemán de Vehículos de Motor (ZDK), que representa los intereses profesionales de 36.580 talleres maestros de vehículos en Alemania, reaccionó positivamente: según una primera evaluación de la directora general de ZDK, Antje Woltermann, no hay sorpresas negativas para el comercio de vehículos, al contrario: algunas aclaraciones son incluso beneficiosas. Con el nuevo OGM vertical y sus directrices, Bruselas pone a los fabricantes de automóviles en su lugar y fortalece el comercio de automóviles, según la primera evaluación del ZDK sobre el nuevo OGM vertical.
La Asociación de Distribuidores de Marcas (VMH) e.V. En Alemania y la organización coordinadora europea CECRA observan como un halcón las nuevas regulaciones desde Bruselas. Actualmente se están examinando minuciosamente y se comentarán en breve, según informan desde Berlín.
El hecho de que la UE quiera que el modelo de agencia esté vinculado a requisitos estrictos y que en el futuro las ventas directas estén sujetas a reglas ya se desprende de un borrador del nuevo OGM vertical presentado el año pasado.